AYUDA PARA LA MEJORA DE LA EFICIENCIA ENERGÉTICA Y SOSTENIBILIDAD EN VIVIENDAS
Este programa tiene como objetivo la financiación de obras de mejora de la eficiencia energética y la sostenibilidad, como por ejemplo, la utilización de energías renovables, la instalación de sistemas de calefacción, refrigeración, producción de agua caliente sanitaria, ventilación…
Pueden ser beneficiarios de las ayudas de este programa:
- Los propietarios de viviendas unifamiliares aisladas o agrupadas en fila y de edificios existentes de tipología residencial de vivienda colectiva, así como de sus viviendas, bien sean personas físicas o jurídicas de naturaleza privada o pública.
- Administraciones Públicas y los organismos y demás entidades de derecho público, así como las empresas públicas y sociedades mercantiles participadas, íntegra o mayoritariamente, por las Administraciones Públicas propietarias de los inmuebles.
- Comunidades de propietarios.
- Sociedades cooperativas compuestas de forma agrupada por propietarios de viviendas o edificios.
- Las empresas constructoras, arrendatarias o concesionarias de los edificios, así como cooperativas que acrediten dicha condición.
- Las empresas de servicios energéticos.
Los beneficiarios tienen que destinar el importe íntegro en la ayuda al pago de las correspondientes actuaciones y podrán compatibilizar estas ayudas con las del programa de fomento de la conservación, de la mejora de la seguridad de utilización, de la accesibilidad en viviendas y otras procedentes de Administraciones o instituciones(siempre y cuando no supere el coste total de las actuaciones y que la regulación de las otras ayudas lo admitan) .
Los requisitos que hay que cumplir:
- Estar finalizadas antes de 1996.
- Que constituyan el domicilio habitual y permanente de sus propietarios o arrendatarios en el momento de solicitar la ayuda de este programa. En el caso de la comunidad de propietarios tiene que haber al menos un 50% de viviendas que sean el domicilio habitual.
- Que se aporte un informe técnico con fecha anterior a la solicitud de la ayuda que acredite la necesidad de la actuación.
- Que se aporte proyecto de las actuaciones a realizar.
- Que al menos el 70% de su superficie construida sobre rasante, tenga uso residencial de vivienda.
Se exige una reducción de la demanda energética anual global de calefacción y refrigeración:
- Zonas climáticas D y E: 35%
- Zona climática C 25%
- Zonas climáticas alfa, A y B 20%
Las cuantías de las ayudas son las siguientes:
Límite de la ayuda:
- Con carácter general 40% de la inversión.
- 75% de la inversión en caso de ingresos inferiores a 3 veces el IPREM
Viviendas unifamiliares:
- Hasta 12.000€
- Hasta 18.000€ para personas con discapacidad.
- Hasta 24.000€ para personas con determinado grado de discapacidad.
- Incremento por BIC: 1.000€
- Incremento para menores de 35 años: 25% en municipios con menos de 5.000 habitantes
Edificios
- Hasta 8.000€/vivienda y 80€/m2 de local
- Hasta 12.000€/vivienda para personas con discapacidad
- Hasta 16.000€/ vivienda para personas con grado más severo de discapacidad.
- Incremento por BIC: 1.000€/vivienda y 10€/m2 de local
- Incremento para menores de 35 años: 25% en municipios con menos de 5.000 habitantes
Para cualquier consulta, no duden en contactar con nosotros.